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SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA MINA DE ORO EN ESQUEL |
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INFORMACION COMPLEMENTARIA |
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Cronología
del proceso de Evaluación Ambiental.
Evaluación
en medio de Cambios en la Seguridad Jurídica.
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Bernardo Parizek
Coordinador Estudios Ambientales
Vector Vector Argentina S.A.
Grupo Sudamérica 1997Se
designa Autoridad de Aplicación
El
Gobierno de la Provincia del Chubut mediante Decreto N° 84/97 designa como
Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24585, al Director de Minas de la provincia.
De esta manera la Dirección General de Minas y Geología ejercerá el rol de
Autoridad de Aplicación para la evaluación de los Estudios de Impacto
Ambiental para las actividades de Prospección, Exploración y Explotación de
la Actividad Minera en la Provincia del Chubut, contempladas en la ley nacional
antes mencionada.
1999-2000-2001-2002
Se evalúan y
aprueban Informes de Impacto
Minera
El Desquite somete a evaluación de la Autoridad de Aplicación Provincial los
Informes de Impacto Ambiental de las actividades de Exploración contemplados
en la Ley Nacional. La
Dirección General de Minas y Geología evalúa y aprueba los informes,
autorizando la realización de los trabajos de Exploración. Minera
El Desquite somete a evaluación y obtiene la aprobación de los informes de
Actualización contemplados en la ley Nacional. 9 de Julio de 2002
Se
decide realizar el Informe de Impacto Ambiental (IIA) para la etapa de
explotación según la ley 24.585. La
Dirección de Minería llama a reunión en conjunto con la Comisión Asesora
conformada por unas 25 personas y que abarca todas las reparticiones públicas
con ingerencia sobre el Proyecto. En
esta reunión participa la Autoridad de aplicación, la empresa Minera El
Desquite y profesionales de Vector Argentina S.A. (responsable del IIA) En
esta reunión se establece: ·
Área de Impacto directo e indirecto ·
Seguimiento de Documentos por
especialidad ·
Establecimiento de Plazos (presentación
en Octubre) ·
Evaluación ambiental durante el Diseño
del Proyecto El 18 de octubre de 2002
Se presenta el
Informe de Impacto Ambiental
Minera
El Desquite S.A. presentó ante la autoridad de aplicación (Dirección General
de Minas y Geología de la provincia del Chubut) el Informe de Impacto
Ambiental para la etapa de Explotación del proyecto minero “Esquel”,
conforme a la Ley nacional N° 24.585. El
Informe incluye una descripción del ambiente donde se desarrolla el proyecto,
las características técnicas constructivas y operativas, con las medidas de
prevención y mitigación de los impactos ambientales previstos, acordes a la
magnitud del emprendimiento. Se llama a
Audiencia Pública
La
Autoridad de Aplicación determinó la realización de una audiencia pública
no vinculante, considerando la cercanía del emprendimiento a la ciudad de
Esquel. El objeto era que la comunidad participara del proceso de evaluación
entregando su opinión sobre el particular. La autoridad convocó dicha
audiencia para el día 4 de diciembre de 2002, o sea, 30 días hábiles, después
de la presentación que hiciera la empresa. La
figura de audiencia pública no se encuentra establecida dentro del marco
ambiental minero nacional. Setiembre de 2002
Se
inicia el Plan de Monitoreo de calidad de aguas superficiales y subterráneas,
tal como fueron definidas en el IIA. En este plan se realiza la confrontación
de tres laboratorios para definir idoneidad y experiencia en análisis de
calidad de agua. Este Plan de Monitoreo es auditado por la Universidad de la
Patagonia como medida de control. Octubre de 2002
Para
la evaluación del documento presentado por la empresa Minera El Desquite la
provincia convocó a la Comisión de Evaluación de Estudios de Impacto
Ambiental, ampliada con la participación del Municipio de Esquel y otras
reparticiones del estado provincial. La Subsecretaría de Minería de la Nación
participó invitada por las autoridades provinciales. El 14 de noviembre de 2002
Autoridad de
Aplicación solicita ampliación de antecedentes
El
director de Minas de la Provincia, en su calidad de Autoridad de Aplicación,
envía a Minera El Desquite un documento que reúne el informe consolidado
elaborado por los miembros de la Comisión Evaluadora del Proyecto Esquel. Se
efectuaron observaciones al Informe de Impacto Ambiental, principalmente con
relación a la clarificación de aspectos y conceptos no del todo desarrollados
que merecían aclaración o complementación. El 28 de noviembre de 2002
Primera postergación
de la Audiencia Pública
El
director de Minas de la Provincia, en su calidad de Autoridad de Aplicación y
mediante la Disposición Minera N° 249 prórroga de Audiencia Pública para el
día 4 de enero de 2003, es decir, 30 días corridos después de la fecha
inicialmente fijada. El 19 de diciembre de 2002
La Audiencia Pública
es requisito legal
La
legislatura sancionó el 26 de noviembre de 2002 una ley. El Poder Ejecutivo
veta parcialmente dicha ley, mediante el decreto N° 1628/2002. Se decretó que
la Audiencia Pública, del Estudio de Impacto Ambiental se realizará en los términos
de la Ley 4032 y su reglamentación. El 19 de diciembre de 2002
Segunda postergación
de la Audiencia Pública
La
legislatura sancionó el 26 de noviembre de 2002 una ley. El Poder Ejecutivo
veta parcialmente dicha norma, mediante el decreto N° 1628/2002. Se decretó
la suspensión por el término de 60 días la realización de la audiencia pública.
La interpretación de que los días decretados correspondían a hábiles
determinó el cambio de fecha desde el 4 de enero al 29 de marzo de 2003. El 19 de diciembre de 2002
Cambia Autoridad de
Aplicación
El
Gobernador de la Provincia del Chubut mediante el Decreto N° 1969, designa
como Autoridad de Aplicación de la Ley de Protección Ambiental para la
Actividad Minera, N° 24.585, para la etapa de Explotación en el ámbito de la
provincia, a la Dirección General de Protección Ambiental. Esto
determina que la evaluación del Proyecto Esquel que se realizaba bajo la
Dirección de Minas debe ser traspasada a la Dirección de Protección
Ambiental. Todos
los emprendimientos mineros que actualmente se encuentran en operación, deberán
en el futuro entregar los informes de actualización a la Dirección de
Protección Ambiental. El 23 de diciembre de 2002
Minera El Desquite
responde consultas
Minera
El Desquite entrega informe técnico de Ampliación de Antecedentes al Informe
de Impacto Ambiental a la Autoridad de Aplicación. El documento contiene la
respuesta a la Autoridad de Aplicación para satisfacer la solicitud de
información solicitada el 14 de Noviembre. El 5 de febrero de 2003
Concejo Deliberante
prohibió el uso del cianuro
El
Honorable Concejo Deliberante con la abstención de 2 concejales aprobó la
prohibición de uso del Cianuro en el ejido urbano. El 5 de febrero de 2003
Concejo Deliberante
derogó adhesión a la minería
El
Honorable Concejo Deliberante por unanimidad aprobó la derogación de la
Ordenanza N° 127 de 2000 mediante la cuál el HCD adhirió a la Ley de
Inversiones Minera. El 5 de febrero de 2003
Concejo Deliberante
estableció Plebiscito
El
Honorable Concejo Deliberante por unanimidad votó la aprobación de una
Ordenanza Municipal para la realización de un Plebiscito No Vinculante, previo
a la realización de la Audiencia Pública. El 7 de febrero de 2003
Minera El Desquite
amplia Informe de Impacto
Minera
El Desquite entrega a la Autoridad de Aplicación un informe de Ampliación de
Antecedentes al Informe de Impacto Ambiental elaborado según la ley Nacional
24585. El documento entregado incluye el Análisis de Riesgo del Proyecto. Para
la elaboración de éste último se utiliza la Guía del Anexo III y IV del
Reglamento N° 1153 de 1995, que reglamenta la Ley Provincial N° 4032. El 7 de febrero de 2003
Nueva Autoridad de
Aplicación solicita aclaración
La
Dirección General de Protección Ambiental, en su calidad de Autoridad de
Aplicación provincial para la etapa de Explotación de la Ley Nacional N°
24585, envía a Minera El Desquite un documento de solicitud de antecedentes
elaborado por los miembros de la Comisión Evaluadora del Proyecto Esquel. En
el documento se solicitan aclaraciones de algunas de las respuestas entregadas
por Minera El Desquite en diciembre de 2002 y se solicitan antecedentes
complementarios derivados de una nueva revisión realizada bajo la nueva
Autoridad de Aplicación. El 12 de febrero de 2003
Ejecutivo Municipal
reglamentó plebiscito
El
Intendente municipal sancionó la ordenanza del Honorable Concejo Deliberante y
mediante la Resolución Municipal 275/2003 reglamentó la realización del
referéndum para el 23 de marzo de 2003 próximo. El 12 de febrero de 2003
Ejecutivo Municipal
vetó Prohibición de uso de Cianuro
El
Intendente municipal vetó la ordenanza en la que se prohibía el uso del
Cianuro. El ejecutivo Municipal mediante la Resolución 298/2003 dejó sin
efecto la medida votada la semana anterior por Honorable Concejo Deliberante de
Esquel. El 19 de febrero de 2003
Juez de Esquel dio
lugar a medida cautelar
El
Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de los Tribunales del Noroeste del
Chubut, Dr. Claudio Petris dio lugar a una medida cautelar tramitada por una
vecina de Esquel, que se opone a la concreción del proyecto de minero. Minera
El Desquite debe en el plazo de 4 días hábiles suspender los trabajos de
Exploración que realiza en el Cordón Esquel. El 20 de febrero de 2003
Tercera postergación
de la Audiencia Pública
La
Legislatura Provincial sancionó una ley por mayoría que posterga la Audiencia
Pública. La
nueva fecha no ha sido fijada. La Audiencia Pública se concretará una vez que
los estudios hidrogeológicos de la cuenca que realice el Gobierno Provincial,
fijándose un plazo mínimo de 30 días corridos desde la publicación de los
estudios y la fecha de concreción de Audiencia Pública. Los
estudios no están aún contratados por el Gobierno Provincial. El 20 de febrero de 2003
Legislatura sugirió
postergación de plebiscito
La
Legislatura Provincial emitió una declaración en la que consideró
conveniente suspender la Consulta Popular a realizarse en Esquel el 23 de marzo
próximo, hasta que no se finalicen de los estudios hidrogeológicos y la
realización de la correspondiente Audiencia Pública. El 26 de febrero de 2003
Superior Tribunal
deja sin efecto medida cautelar
El
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, de Rawson, hizo lugar
a la apelación presentada por la Fiscalía de Estado de la Provincia. La
medida de Tribunal deja sin efecto la paralización de los trabajos que había
ordenado el Dr. Claudio Petris al aceptar la medida cautelar solicitada por una
vecina de Esquel. El 23 de marzo de 2003
Se realiza el plebiscito donde los opositores a la mina obtienen aproximadamente el 80% de los sufragios. El presidente de Meridian Gold Brian Kennedy envía una carta abierta a los pobladores de Esquel expresando su respeto por la decisión popluar y anunciando una pausa a los trabajos de exploración. En esa misma carta el Sr. Kennedy expresa que abrirá un canal de diálogo con la comunidad. |
SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA
Informacion correspondiente a la seccion proyecto mina de oro en Esquel
LA
OPINION DE DSOSTENIBLE NO
SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA
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